REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR
DEL DISTRITO CAPITAL
ACUERDA
Artículo 1: El Premio Municipal de Comunicación Social del Año 2010 se regirá por las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo.
Artículo 2: Asignar la dirección y organización del Premio Municipal de Comunicación Social Año 2010, a la Comisión Permanente de Educación y Cultura, del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.
Artículo 3: Otorgar el Premio Municipal de Comunicación Social del Año 2010, para estimular la labor de comunicadores (as) sociales venezolanos (as) graduados en universidades reconocidas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior, o asimilados en una organización del gremio periodístico, que se destaquen en cada una de las menciones establecidas en el presente Acuerdo. Estas condiciones son válidas para los comunicadores (as) sociales extranjeros (as) con un mínimo de cinco (5) años de residencia en el País.
Artículo 4: Galardonar El Premio Municipal de Comunicación Social del Año 2010, en las siguientes menciones:
A.- Mención Opinión “Federico Álvarez”: Al mejor trabajo de opinión escrito sobre temas de interés nacional publicado en diarios, semanarios y revistas.
B.- Mención Información “Virgilio Fernández”: Al mejor trabajo de información escrito o de reportaje publicado en diarios, semanarios y revistas.
C.- Mención Fotografía “Maria Verónica Tessari”: Al mejor trabajo fotográfico publicado en diarios, semanarios y revistas.
D.- Mención Caricatura “Leoncio Martínez” Al mejor trabajo de caricaturas publicado en diarios, semanarios y revistas.
E.- Mención Diagramación y Diseño: Al mejor trabajo de diagramación y diseño publicado en diarios, semanarios y revistas.
F.- Mención Comunicación Institucional: Al mejor trabajo realizado por Instituciones tanto públicas como privadas.
G.- Mención Docencia e Investigación “Héctor Mújica”: A docentes e investigadores de reconocida trayectoria en el campo de la comunicación social.
H.- Mención Radio “Gilberto Quintero”: Al mejor trabajo de información u opinión difundido en estaciones radiales.
I.- Mención Televisión: Al mejor trabajo de información u opinión difundido en estaciones televisivas.
J.- Mención Comunicador (a) Social más destacado (a): A profesionales de la Comunicación Social con reconocida y fructífera trayectoria.
K.- Mención Mejor Sitio en la Web: Al mejor trabajo periodístico publicado en una página Web
Articulo 5: El jurado calificador puede otorgar una Mención Especial, en conmemoración al “Bicentenario del 19 de Abril de 1810”, cuando considere que del material o trabajo periodístico, participante o no, existe alguno que haya estimulado la difusión, significación y trascendencia histórica del proceso Independentista de Venezuela en 1810.
Artículo 6: Los participantes deben consignar en la Comisión Permanente de Educación y Cultura los trabajos realizados de acuerdo con los requerimientos señalados para cada modalidad, de la siguiente manera:
a.- Para las Menciones de Opinión “Federico Álvarez”, Información “Virgilio Fernández”, Fotografía “María Verónica Tessari”, Caricatura “Leoncio Martínez” y Diagramación y Diseño: Los participantes en estas menciones deben consignar los trabajos o materiales publicados en diarios, semanarios y revistas en originales y copias de manera que pueda establecerse claramente la fecha y el medio de publicación.
b.- Mención Comunicación Institucional: Los participantes en esta mención deben consignar los trabajos o materiales publicados en original y copia de manera que pueda establecerse claramente la fecha y el medio de publicación.
.c.- Mención Docencia e Investigación “Héctor Mújica”: Los participantes en esta mención deben consignar su currículum en original y copia.
d.- Mención Radio “Gilberto Quintero”: Los participantes en esta mención deben consignar las grabaciones en disco compacto, haciendo constar en la cubierta el medio, el tema y la fecha correspondiente a su difusión con una breve explicación de su contenido.
e.- Mención Televisión: Los participantes en esta mención deben consignar las grabaciones o videos de sus trabajos en disco compacto, haciendo constar en la cubierta el medio, el tema y la fecha correspondiente a su difusión con una breve explicación de su contenido.
f.- Mención Mejor Sitio en la Web: Los participantes en esta mención deben consignar en disco compacto el material original en formato html o compatible con un navegador Web, indicando la fecha y dirección electrónica completa
Artículo 7: El lapso para la admisión del material participante en el concurso estará comprendido a partir de la publicación del presente acuerdo hasta el 24 de mayo del año en curso. Sólo se aceptarán trabajos o materiales publicados o difundidos con fecha posterior al 31 de marzo de 2009 hasta la fecha de esta publicación.
Artículo 8: El jurado podrá otorgar hasta tres (3) Menciones Honoríficas a profesionales de la comunicación que hayan optado o no al Premio, cuando a su criterio merezcan tal distinción.
Artículo 9: El Premio Municipal de Comunicación Social del Año 2010, es de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000 00) y un diploma para cada una de las menciones.
Artículo 10: La Mención Especial en conmemoración al “Bicentenario del 19 de Abril de 1810- 2010”, es única en su edición y consistirá en la entrega de un pergamino, elaborado en papel Italiano alusivo a la celebración bicentenaria.
Artículo 11: El jurado del Premio Municipal de Comunicación Social del Año 2010 lo integran cinco (05) personas de reconocida trayectoria, designadas por el Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, previo informe favorable de la Comisión Permanente de Educación y Cultura, No podrán formar parte del jurado aquellas personas que hayan avalado a sus discípulos.
rticulo 12: A cada uno de los miembros del jurado se le cancelará un pago único de UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (BS. 1.500,00), por concepto de honorarios.
Artículo 13: Los miembros del jurado deben abstenerse de emitir declaraciones o anuncios sobre sus deliberaciones antes de la aprobación por parte del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, de su veredicto.
Artículo 14: La Comisión Permanente de Educación y Cultura del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, dictará las normas internas que considere necesarias y aportará a los miembros del jurado calificador los recursos para el mejor desempeño de sus funciones.
Artículo 15: La decisión del jurado será presentada por la Comisión Permanente de Educación y Cultura al Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, para su aprobación, la cual debe hacerla pública antes del 31 de mayo del año 2010, este veredicto es inapelable y se otorga por Acuerdo del Cuerpo Edilicio.
Artículo 16: El Premio Municipal de Comunicación Social del Año 2010, podrá ser declarado desierto en cualquiera de sus menciones, si así lo considerase el Jurado por mayoría de sus miembros .En ningún caso se dividirá el Premio entre dos o más participantes en la misma mención.
Artículo 17: Entregar el Premio Municipal de Comunicación Social del Año 2010, a los ganadores o ganadoras en Acto Especial que realizará el Ayuntamiento con motivo del Día Nacional del Periodista.
Artículo 18: Ordenar la publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Municipal de conformidad con lo establecido en el Artículo 54, Numeral 2, de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Dado, firmado y sellado en el Salón donde celebra sus Sesiones el Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, del Distrito Capital, en Caracas a los _________del mes_______________de dos mil diez. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE
Concejala Rosaida Hernández
PRESIDENTA
Concejal Juan José Rodríguez
VICEPRESIDENTE
Dr. Juan Pablo Torres Delgado
SECRETARIO MUNICIPAL
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