REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CONSEJO LEGISLATIVO BOLIVARIANO
DEL ESTADO CARABOBO
Presidencia
PRES. Nº. __________________
Valencia, 25 de junio de 2010
CIUDADANO:
HENRIQUE FERNANDO SALAS
GOBERNADOR DEL ESTADO CARABOBO
SU DESPACHO.-
Ocupo su atención en la oportunidad de solicitarle sirva informar a este Órgano Legislativo, los fundamentos técnicos - jurídicos y los motivos de hecho, que sustentan el decreto para “Congelar el Presupuesto del Estado Carabobo en un 43%”, anunciado por usted, en los diarios de circulación regional en fecha 22 de junio de 2010, por cuanto es de profunda preocupación para este Parlamento que se tome una medida de esta naturaleza finalizando el primer semestre del año fiscal habiéndose ejecutado un alto porcentaje del presupuesto original.
Vale destacar, que el manejo del Presupuesto de los Estados Federales, al igual que todos los actos de la Administración Pública, están sujetos por mandato constitucional al principio de legalidad, y en lo referente a la materia presupuestaria, los instrumentos legales y reglamentarios vigentes no establecen la figura de “congelar” ni los términos en que ésta deba aplicarse.
Ahora bien, en cuanto al Decreto de Reducción, es preciso aclarar que el artículo 43 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público del Estado Carabobo establece que las reducciones del presupuesto proceden en el supuesto que exista una disminución de los ingresos previstos, por lo que esta acción deberá ser notificada al Consejo Legislativo y publicada en la Gaceta Oficial del Estado.
Asimismo, me permito señalarle que es del conocimiento de esta institución legislativa, que el Ejecutivo Nacional ha cumplido con todos los desembolsos y transferencias de sus obligaciones por concepto de Situado Constitucional, de aportes FIDES y de aportes LAEE, no habiendo entonces disminución de ingresos previstos, según informaciones emanadas del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones de Interior y Justicia, y del Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas, documentos que se anexan y que además sustentan la regularidad y puntualidad con los cuales son transferidos mensualmente estos recursos desde el año 2009 hasta la presente fecha. Esta situación, nos coloca en “Estado de Alarma”, dado que la NO EJECUCIÓN de las obras aprobadas para el Estado Carabobo en el Consejo Estadal de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas no obedece a insuficiencias presupuestarias, tal como se demuestra en los referidos anexos. En virtud de lo anterior, presumimos que existen anomalías graves en su administración, razón por la cual, le solicitamos formalmente, en ejercicio de las funciones de control político sobre la gestión pública del Ejecutivo Estadal que nos otorga la Ley, información detallada del estatus de ejecución técnico y financiero de cada una de estas obras.
Por otro lado, en vista de la inquietud que ha generado su decisión, como Presidente del Consejo Legislativo Bolivariano del Estado Carabobo respetuosamente le exhorto a que suministre a este Órgano, la relación certificada y pormenorizada de los supuestos compromisos adeudados por el Ejecutivo Nacional, a los fines de ejercer las funciones de control atribuidas por la Ley Orgánica de los Consejos Legislativos de los Estados en su artículo 15 numeral 8, así como el comportamiento de los Ingresos, donde se evidencie el presunto déficit que tiende a generar la supuesta reducción del presupuesto.
Por último, en cuanto al decreto de reducción de 70 mil bolívares fuertes, que de acuerdo a su anuncio “…afectará los planes sociales como el Programa de Alimentación para los Niños (PAN), el pago de la póliza de HCM de los trabajadores (de la Gobernación) y algunas obras de infraestructura…”, le sugiero que considere la posibilidad de disminuir la partida 4.03.07.01.00 Publicidad y Propaganda asignada a su ejecutivo, puesto que este parlamento es del criterio que el monto de más de 44 millones de bolívares fuertes es exagerado, y además contradictorio con su discurso reciente en el que amenaza con desaparecer programas sociales, que por cierto, curiosamente en lo referente a la partida de Servicios para la Elaboración y Suministros de Comida (direccionados al programa PAN) al cierre del primer trimestre no ha ejecutado, presentando una disponibilidad según información suministrada por su persona al 31/03/2010 de Bs. F. 49.557.925,90.
En espera de su pronta respuesta, me suscribo…
Leg. Miguel A. Flores Z
Presidente del Consejo Legislativo Bolivariano
del Estado Carabobo
C/C Contraloría del Estado Carabobo
Contraloría General de la República
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia
Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas
Ford. Edf. Orión. Sede del Consejo Legislativo Bolivariano del Estado Carabobo
Tlf. 0241-8388507 fax. 0241-8322191
hola felicitaciones por el trabajo que vienen realizando el personal de la prensa comunidad al dia
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